Premios de Educación "Ciudad de Málaga"

Premios de Educación "Ciudad de Málaga" 2024

 

El Ayuntamiento de Málaga, a través del Área de Educación y Fomento del Empleo, convoca los Premios de Educación “Ciudad de Málaga” 2024. Con estos premios se trata de reconocer a los mejores expedientes académicos de ESO y Bachillerato.

Podrá participar el alumnado de los centros educativos del término municipal de Málaga, que en el curso escolar 2023-2024 haya finalizado 4º de ESO o 2º de Bachillerato.

Los premios se darán a los expedientes académicos de Educación Secundaria Obligatoria (ESO) y Bachillerato con una nota media de 10 en todos los cursos que forman la etapa educativa.

El plazo para presentación de solicitudes sera desde el 12 hasta el 25 de junio, y la documentación necesaria se podrá descargar desde la pestaña de "Presentación de solicitudes"

Asimismo los centros educativos recibirán la información y la solicitud de inscripción a través del correo electrónico del centro.

Para más detalle, consultar la convocatoria de esta edición.

 

El Ayuntamiento de Málaga, a través del Área de Educación y Fomento del Empleo, convoca los Premios de Educación “Ciudad de Málaga” 2024. Con estos premios se trata de reconocer a los mejores expedientes académicos de ESO y Bachillerato.

  1. Podrá participar el alumnado de los centros educativos del término municipal de Málaga, que en el curso escolar 2023-2024 haya finalizado 4º de ESO o 2º de Bachillerato.
  1. Los premios se darán a los expedientes académicos de Educación Secundaria Obligatoria (ESO) y Bachillerato con una nota media de 10 en todos los cursos que forman la etapa educativa. 
  1. El anuncio de la presente convocatoria se hará en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga (BOPMA en adelante), Tablón de Anuncios Electrónico del Ayuntamiento de Málaga, Tablón de Anuncios del Área de Educación y Fomento del Empleo, sita en Alameda Principal nº 23 y en la web del Ayuntamiento de Málaga.

La solicitud y la documentación requerida en la presente convocatoria se presentarán en el plazo de 10 días hábiles a partir del día siguiente a su publicación en el BOPMA, por los siguientes medios:

3a.  Por vía telemática, en formato pdf, al correo electrónico del Área de Educación y Fomento del Empleo del Ayuntamiento de Málaga: educacion@malaga.eu (salvo el documento de aportación de datos bancarios).

3b. A través de cualquiera de los medios establecidos en el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

3c. En las oficinas del Área de Educación y Fomento del Empleo del Ayuntamiento de Málaga, en Alameda Principal, 23 (Edificio Archivo Municipal), de lunes a viernes, en horario de 09:00 a 14:00 horas.

3d. Los errores de documentación se podrán subsanar en el plazo de dos días hábiles a contar desde la comunicación al interesado. La documentación podrá enviarse por vía telemática al correo educacion@malaga.eu  o entregarse de forma presencial en la oficina del Área de Educación y fomento del Empleo en horario de 09:00 a 14:00 horas.

3e. Fuera de plazo no se aceptarán solicitudes ni se podrán subsanar errores. 

  1. La documentación que deberá aportar cada estudiante aspirante a premio será:

- Impreso con la solicitud debidamente cumplimentado y firmado por el interesado o en caso de menores de edad por sus representantes legales: padre, madre o tutor legal (ver formulario anexo a esta convocatoria).

- Certificado de notas correspondiente a cada uno de los cursos de la etapa a la que el estudiante aspire a premio expedido por la secretaría del centro educativo donde haya cursado estudios. En este certificado deberá aparecer la calificación numérica de cada una de las asignaturas.

Estos dos documentos se podrán presentar de forma presencial en el Área de Educación y Fomento del Empleo (Alameda Principal, 23) o enviarse por correo electrónico a la dirección educacion@malaga.eu

-Aportación de datos bancarios: Los datos bancarios se pondrán aportar por los siguientes medios:

*Presencial: Se aportará documento original de “aportación de datos bancarios” (el cual se adjunta a la convocatoria) sellado y firmado por la entidad bancaria, y debidamente cumplimentado por el interesado o representante, en el caso de menores. Este documento se entregará junto con el resto de la documentación en las dependencias del Área de Educación en horario de 9:00 h a 14:00h de lunes a viernes.

*Telemática: A través del acceso por sede electrónica https://sede.malaga.eu/es/tramitacion/administracion-publica/detalle-del-tramite/index.html?id=8497#!tab1

El acceso a sede electrónica en el caso de menores de edad, se hará por el representante que conste en la solicitud.

Es necesario que el alumno o alumna aparezca siempre como titular o cotitular de la cuenta bancaria donde se ingresará el premio.

  1. La competencia para la instrucción del procedimiento corresponde a la Dirección General de Educación, Juventud y Fomento del Empleo, y la resolución o concesión del premio corresponde a la Concejala Delegada de Educación y Fomento del Empleo del Ayuntamiento de Málaga.

Previo a la Resolución, una Comisión Técnica, presidida por el Jefe de Sección de Programas y Planificación Educativa e integrada por dos Técnicos/as del Área de Educación y Fomento del Empleo, uno/a de las/os cuales actuará como Secretario/a, estudiará y analizará las solicitudes. 

  1. Los premios a conceder por el Área de Educación y Fomento del Empleo, para cada uno de los expedientes académicos de ESO y Bachillerato seleccionados, consistirán en una aportación económica cuyo importe será proporcional al número de solicitantes y por un máximo de 290,00€.

De la presente convocatoria y sus concesiones, se dará cuenta a la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

  1. La cuantía destinada a los premios, conforme al artículo 23.2 b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el artículo 19.7 b) de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Málaga publicada en el Boletín Oficial de la Provincia el 8 de noviembre de 2022, es de 25.000€ y está consignada en la partida 39.3265.48100 PAM 4201 del Presupuesto en vigor del Área de Educación y Fomento del Empleo. No obstante lo anterior, se prevé obtener una cuantía adicional de 20.000€, cuya efectividad queda condicionada a la declaración de disponibilidad de crédito en un momento anterior a la resolución de concesión de los mismos y a la ampliación del crédito consignado en la partida en los términos previstos en la normativa reguladora (artículos 4.2) párrafo 3º y 19.4 párrafo 2º de la Ordenanza General de Subvenciones; y artículo 58.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio). La concesión de estos premios queda en todo caso condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de la concesión.
  1. En caso de que alguna de las personas premiadas renuncie al premio, deberá hacer oficial su renuncia en un plazo máximo de 3 días desde la comunicación. 
  1. El Ayuntamiento de Málaga comunicará la resolución a las personas premiadas. Se reserva también el derecho de dar publicidad a los premios en los diferentes medios de comunicación, pudiendo aparecer los nombres e imagen tanto de las personas aspirantes como de las premiadas. 
  1. Los datos recabados serán incorporados y tratados en la actividad de tratamiento premios, becas y subvenciones, responsabilidad del Área de Educación y Fomento del Empleo, con domicilio en Alameda Principal, número 23, correo electrónico: educacion@malaga.eu y teléfono 951 926 101.

En cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, le informamos que sus datos pasarán a formar parte de la actividad de tratamiento premios, becas y subvenciones gestionadas por el Área de Educación y Fomento del Empleo con la finalidad de gestión y tramitación de las convocatorias de premios, concursos, ayudas, becas y subvenciones. Tendrá usted derecho a acceder, rectificar y suprimir sus datos, y otros derechos, como se explica en la información adicional disponible en www.malaga.eu/lopd/rat.pdf 

  1. A esta Convocatoria le son de aplicación las Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal vigente y los principios generales de las subvenciones y, por tanto, quedarán excluidas de la misma, aquellas personas que no puedan ser beneficiarias de subvenciones, por no cumplir los requisitos exigidos para obtener las mismas. En el caso de que las personas beneficiarias sean menores de edad, estos requisitos serán exigibles a los padres y/o tutores legales, quienes deberán estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social. 
  1. La aprobación de esta Convocatoria corresponde a la Ilma. Junta de Gobierno Local del Excmo. Ayuntamiento de Málaga. 
  1. Esta convocatoria se regirá por las presentes bases, por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones; la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases del Régimen Local; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Málaga publicada en el BOPMA el 8 de noviembre de 2022. Para cualquier controversia que hubiera de dirimirse por vía judicial las partes renuncian a su propio fuero y se someten a los Juzgados y Tribunales de Málaga. 
  1. La participación en esta convocatoria supone la aceptación de lo dispuesto en la misma.

                                   

Los estudiantes interesados podrán participar en esta convocatoria desde el 12 hasta el 25 de junio y la documentación que deberá aportar cada estudiante aspirante a premio será:

- Impreso con la solicitud debidamente cumplimentado y firmado por el interesado o en caso de menores de edad por sus representantes legales: padre, madre o tutor legal (ver formulario anexo a esta convocatoria).

- Certificado de notas correspondiente a cada uno de los cursos de la etapa a la que el estudiante aspire a premio expedido por la secretaría del centro educativo donde haya cursado estudios. En este certificado deberá aparecer la calificación numérica de cada una de las asignaturas.

Estos dos documentos se podrán presentar de forma presencial en el Área de Educación y Fomento del Empleo (Alameda Principal, 23) o enviarse por correo electrónico a la dirección educacion@malaga.eu

-Aportación de datos bancarios: Los datos bancarios se pondrán aportar por los siguientes medios:

*Presencial: Se aportará documento original de “aportación de datos bancarios” (el cual se adjunta a la convocatoria) sellado y firmado por la entidad bancaria, y debidamente cumplimentado por el interesado o representante, en el caso de menores. Este documento se entregará junto con el resto de la documentación en las dependencias del Área de Educación en horario de 9:00 h a 14:00h de lunes a viernes.

*Telemática: A través del acceso por sede electrónica https://sede.malaga.eu/es/tramitacion/administracion-publica/detalle-del-tramite/index.html?id=8497#!tab1

El acceso a sede electrónica en el caso de menores de edad, se hará por el representante que conste en la solicitud.

Es necesario que el alumno o alumna aparezca siempre como titular o cotitular de la cuenta bancaria donde se ingresará el premio.